¿A quién reclamar por los daños del apagón? Guía para afectados
- La Empresa Ingrávida
- 2 may
- 2 Min. de lectura

El reciente apagón que dejó a España a oscuras ha generado una ola de preguntas, y la más repetida es: ¿a quién reclamar por los daños y perjuicios sufridos? En La Empresa Ingrávida, te guiaremos a través de las posibles vías de reclamación, aunque te advertimos: El camino no está exento de incertidumbre.
El apagón: un evento extraordinario con consecuencias devastadoras.
Las 12 horas sin suministro eléctrico no solo nos recordaron nuestra dependencia de la electricidad, sino que también causaron estragos en diversos sectores y actividades. Desde pérdidas en la producción hasta la cancelación de viajes, los daños son incalculables. Sin olvidar que ya se han conocido pérdidas de vidas humanas vinculadas al apagón.
¿A quién reclamar? La respuesta no es sencilla.
A diferencia de lo que se pueda pensar, no hay una única respuesta. Determinar la responsabilidad es clave para dirigir la reclamación, y esto aún está en el aire.
Posibles vías de reclamación:
Ayudas gubernamentales: Dada la magnitud del apagón, es posible que el Gobierno termine aprobando ayudas o compensaciones para los afectados, como ocurrió con la pandemia o la DANA. Habrá que esperar a que se definan los requisitos, beneficiarios y procedimientos.
Compañías de seguros: Si tienes un seguro, revisa tu póliza. Es posible que cubra daños eléctricos en género, producción, instalaciones o maquinaria. El éxito dependerá de las coberturas contratadas y las exclusiones.
Compañías de transporte: Si sufriste daños por la suspensión de un viaje, puedes reclamar a la compañía ferroviaria o aerolínea la devolución del importe del billete o una alternativa de viaje.
Compañías eléctricas: Puedes reclamar a tu compañía suministradora e incluso a Red Eléctrica Española (REE), responsable de garantizar el suministro. Sin embargo, si el apagón se considera un caso de fuerza mayor o causado por un tercero, la reclamación podría no prosperar.
Administración Pública: Puedes exigir responsabilidad patrimonial a la Administración por la prestación del servicio público esencial del suministro eléctrico. La Administración está obligada a indemnizar por lesiones en bienes y derechos causadas por el funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos, salvo en casos de fuerza mayor.
La importancia de la prueba.
Independientemente de la vía que elijas, es fundamental acreditar la realidad y cuantificación de los daños sufridos.
Reúne toda la documentación posible:
Facturas de compra de género o maquinaria.
Billetes de transporte y justificantes de alojamiento.
Facturas de reparaciones.
Fotografías y vídeos de los daños.
Informes periciales sobre pérdidas de actividad y costes laborales.
En La Empresa Ingrávida, seguiremos de cerca la evolución de esta situación y te mantendremos informado sobre las novedades y los pasos a seguir para reclamar tus derechos.
#ApagónEléctrico #Reclamaciones #DañosyPerjuicios #Indemnización #DerechosConsumidores #FuerzaMayor #ResponsabilidadPatrimonial #LaEmpresaIngravida