Optimizando la Fiscalidad: las Bonificaciones de las Cooperativas que tributan al 10% en el impuesto de sociedades
- La Empresa Ingrávida

- 9 ene 2024
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Las Sociedades Cooperativas tienen la posibilidad de beneficiarse de una serie de bonificaciones y deducciones adicionales, que van más allá de las ya contempladas en el régimen general del Impuesto sobre Sociedades. Estas ventajas pueden conducir a una tributación efectiva tan baja como el 10%, en comparación con el 25% aplicado a la mayoría de las sociedades. Todo esto está regulado por la Ley 20/1990, de 19 de diciembre, sobre Régimen Fiscal de las Cooperativas.
Bonificaciones y Deducciones Destacadas:
A continuación, se detallan las bonificaciones y deducciones que permiten un considerable ahorro en impuestos para las cooperativas, cumpliendo siempre con la legislación vigente:
Bonificaciones del Artículo 34.2 de la Ley 20/1990:
El artículo 34.2 de la Ley 20/1990 establece dos tipos de bonificaciones aplicables a las cooperativas especialmente protegidas:a. Bonificación General (50%):
Entidades Beneficiarias: Cooperativas especialmente protegidas.
Rentas Bonificadas: Todas las rentas obtenidas por estas cooperativas.
Base de la Bonificación: Cuota íntegra definida en el artículo 23 de la Ley 20/1990.
b. Bonificación Especial (80%):
Entidades Beneficiarias: Cooperativas agrarias especialmente protegidas con la condición de explotaciones asociativas agrarias prioritarias.
Rentas Bonificadas: Todas las rentas obtenidas por estas entidades.
Base de la Bonificación: Cuota íntegra definida en el artículo 23 de la Ley 20/1990.
Bonificación del Artículo 35.2 de la Ley 20/1990:
Esta bonificación del 50% se aplica a las cooperativas de segundo y ulterior grado que se asocien exclusivamente a cooperativas especialmente protegidas.
Bonificación del Artículo 35.3 de la Ley 20/1990:
Otra bonificación del 50%, aplicable a cooperativas de segundo y ulterior grado que se asocien a cooperativas protegidas y especialmente protegidas.
Bonificación de la Disposición Adicional Tercera de la Ley 20/1990:
Una bonificación del 90%, aplicable a cooperativas de trabajo asociado fiscalmente protegidas que integren al menos un 50% de socios discapacitados y demuestren que, en el momento de la constitución, estos socios estaban desempleados. Esta bonificación se aplica durante los primeros 5 años de actividad social.
Deducción por Doble Imposición Interna Intersocietaria:
Conforme al artículo 32 de la Ley 20/1990, los socios de cooperativas protegidas tienen derecho a una deducción del 10% de los retornos cooperativos. En el caso de retornos de cooperativas especialmente protegidas, la deducción es del 5%.
Al momento de cumplimentar el impuesto, se consignará esta deducción en la casilla [00577] "Deducción por doble imposición interna intersocietaria al 5/10% (cooperativas)" del modelo 200.
Esquema de Liquidación del Impuesto sobre Sociedades de las Sociedades Cooperativas:
Para una mayor comprensión, presentamos un esquema que sirve como guía para la liquidación del Impuesto sobre Sociedades en las Sociedades Cooperativas.









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